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Artículo I
El nombre de la organización es Alianza.
Artículo II
El propósito de Alianza es aumentar la percepción cultural y social de las estudiantes de
América Latina y la península ibérica en el campus. Alianza busca avanzar los intereses de
las estudiantes pertenecientes a dichas regiones. Además, la organización provee una atmósfera
familiar en la cual las estudiantes pueden compartir sus experiencias y crear amistades a través
de distintas actividades.
Artículo III
La membresía deberá permanecer abierta a todas las estudiantes que paguen la cuota de actividades.
La selección de miembros no deberá estar basada en raza, creencia, etnia, religión, orientación
sexual, edad, estatus económico o discapacidad.
Artículo IV
Esta organización deberá cumplir con los requisitos establecidos por el código de honor de
Wellesley College.
Artículo V
Sección 1: Junta Directiva
Presidenta: Deberá ser Latinoamericana o de la península ibérica. Será responsable en
organizar y liderar juntas y asegurar la unidad del grupo. Ella supervisara y coordinara el
trabajo de las demás miembros de la junta directiva. La presidente también sirve como voz oficial
de la organización.
Vice-Presidenta: Comparte responsabilidades con la presidenta y se hace cargo de la
organización en la ausencia de la presidenta. .
Secretaria:Es responsable de tomar notas durante las reuniones y de distribuirlas a las
miembros.
Tesorera: Sirve de unión entre SOFC y la organización. Ella es responsable en llevar
las cuentas, preparar el presupuesto, supervisar las cuentas de SOFC y profits. Mantendrá
records financieros precisos, escribirá y firmara cheques, asegurándose de hacer los depósitos
en la cuenta profits y realizando demás transacciones monetarias.
Directora de eventos sociales: Será responsable del planeamiento de fiestas y demás
actividades sociales.
Directora de charlas: Será responsable de encontrar presentadores y planear presentaciones
sobre temas relacionados a América Latina.
Sección 2: Consejera
La consejera servirá de unión entre la organización y las oficinas administrativas de Wellesley
College.
Artículo VI
- Las reuniones generales se llevaran a cabo una vez al mes. La junta directiva deberá
reunirse tan seguido como sea necesario, siendo el mínimo una vez por semana
- Al menos una de las actividades semestrales, deberá estar abierta a toda la comunidad.
- La actividades de Alianza incluyen: discusiones, presentaciones, películas, almuerzos,
fiestas y festivales.
Artículo VII
- El derecho al voto se obtendrá después de haber estado presente en al menos 3 reuniones.
- El quórum en votos rutinarios será de una simple mayoría.
- El quórum en votos constitucionales será de tres cuartos de la mayoría.
Artículo VIII
La organización deberá cumplir con todos los reglamentos de SOFC. Además de los fondos recibidos
de SOFC, la organización deberá generar fondos siguiendo la legislación de SOFC.
Artículo IX
- La junta directiva será electa en una reunión abierta y planificada durante el mes de abril.
- El voto será secreto.
- La junta directiva electa asumirá responsabilidades inmediatamente después de la elección y
ejercerá sus deberes por el periodo de un ano o hasta que una junta directiva diferente sea
electa.
- Será posible elegir copresidentes, así como las posiciones de directora de charlas y directora
de eventos.
- Únicamente miembros con derecho a voto podrán lanzarse para formar parte de la junta directiva.
(ver Artículos III, VII)
Artículo X
Esta constitución será valida cuando:
- Sea adoptada por una mayoría de dos tercios del voto. (ver Articulo VII);
- Una copia ha sido archivada en la oficina de la Presidenta de Wellesley College.
Artículo XI
- Esta constitución podrá ser reevaluada en el otoņo de cada ano y deberá ser entregada al
consejo estudiantil.
- Cualquier arreglo deberá ser propuesto por la junta directiva y deberá ser aprobado por
dos tercios de las miembros. (ver Articulo VII).
Esta constitución fue redactada en Octubre de 1999.
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